Cambios y devoluciones
Actualización: 10 de octubre de 2026.
Devolución comercial de 30 días
Puedes solicitar una devolución o cambio por elección dentro de los 30 días calendario siguientes a la recepción. Escribe a primedollarllc@gmail.com con el número de pedido o información que permita identificar la compra. La prenda debe conservarse sin uso más allá de una revisión razonable, sin lavado y sin daños ocasionados por el cliente. No exigimos que el empaque permanezca sellado.
Procedimiento y transporte
Te indicaremos cómo devolver y la dirección correspondiente; no envíes a una dirección no confirmada. Para una devolución por elección, el transporte de retorno corre por cuenta del cliente. Un cambio depende de disponibilidad; puedes optar por el reembolso. No se cobra penalidad de reposición. Al recibir y revisar la devolución, confirmaremos el reembolso al medio de pago original y su estado; el tiempo de abono depende del proveedor de pago.
Producto defectuoso, incorrecto o distinto de lo ofrecido
Comunica la incidencia a primedollarllc@gmail.com. Las fotos pueden ayudar a revisar el caso, pero no sustituyen ni condicionan tus derechos legales. Los requisitos y costos de la devolución por elección no se aplican para limitar un remedio legal; no se te trasladarán los costos que legalmente correspondan al proveedor.
Derechos legales en Perú
Los 30 días corresponden a nuestra devolución comercial y no limitan la garantía legal ni los demás derechos del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Se mantienen las garantías legales, explícitas e implícitas y el derecho a reparación, reposición o devolución del importe cuando corresponda por falta de idoneidad, defecto o incumplimiento. Todo plazo legal superior aplicable prevalece.
En los supuestos de métodos comerciales agresivos o engañosos, se conserva el derecho legal a la restitución dentro de 7 días calendario desde la contratación o recepción, lo que ocurra después. No exige renuncia a otros derechos. Consulta el Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley 29571.
